Lima, dic. 13 (ANDINA).- El Poder Ejecutivo envió hoy un proyecto de ley al Congreso de la República para permitir que las empresas concesionarias de servicios de telecomunicaciones puedan usar la infraestructura de otros proveedores importantes, a cambio de una contraprestación razonable.
El proyecto de Ley de acceso a la infraestructura de los proveedores importantes de servicios públicos de telecomunicaciones declara de interés y necesidad pública el acceso y uso compartido de la infraestructura de telecomunicaciones porque permitirá mejorar el servicio para los usuarios.
Todo concesionario tendrá derecho al acceso y uso compartido de la infraestructura salvo que existan limitaciones y/o restricciones, basadas en consideraciones debidamente comprobadas de inviabilidad técnica, capacidad, seguridad u otra que declare el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel).
La iniciativa establece que se podrá compartir el uso de infraestructura como postes, ductos, conductos, poliductos, cámaras, torres y otros elementos de red.
Las condiciones exigidas por un proveedor importante de servicios de telecomunicaciones a otro concesionario para el acceso y uso compartido de su infraestructura, no podrán ser menos ventajosas que las exigidas a sus filiales o terceros.
Mientras que la contraprestación que reciba el proveedor de la infraestructura será definida de acuerdo a criterios preestablecidos por el Osiptel.
Esta contraprestación incluirá, entre otros conceptos, una parte proporcional de los costos de operación y mantenimiento de la infraestructura a compartir.
El proveedor también podrá requerir el otorgamiento de garantías para asegurar el pago por el uso de la infraestructura, así como seguros de acuerdo a la naturaleza y/o riesgos de los trabajos a realizarse.
El proyecto de ley establece que los contratos de acceso y uso compartido de infraestructura podrán realizarse por acuerdo entre las partes durante una negociación de 60 días calendario o por mandato expreso del Osiptel, si es que vence el período de negociación sin algún acuerdo.
El contrato entrará en vigencia al día siguiente de su presentación ante el Osiptel para su aprobación y el regulador tendrá un plazo de 30 días calendario para plantear alguna observación.
El Osiptel será el encargado de velar el cumplimiento de la ley y podrán aplicar sanciones a las empresas que se nieguen a cumplir el mandato de acceso y uso compartido, o cometan un acceso no autorizado.
El Poder Ejecutivo explicó que en el Capítulo 14 del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Perú y Estados Unidos establece que cada Estado o parte garantizará que los proveedores importantes de servicios públicos de telecomunicaciones permitan el acceso y uso de su infraestructura a otras empresas concesionarias de los mismos servicios.
“Por ello, se requiere adecuar el ordenamiento jurídico vigente en telecomunicaciones a los compromisos asumidos por el Estado peruano en el marco del TLC, a fin de garantizar su oportuna implementación, lo que a su vez permitirá eliminar una importante barrera para la promoción de la competencia y la expansión de los servicios”, indicó.
(FIN) EBS/JPC
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