Tendrá entre sus funciones analizar y evaluar el contenido técnico y normativo del Plan Nacional de Riego, así como evaluar y consensuar las opiniones y sugerencias recibidas, y las que hagan llegar las instituciones y usuarios del recurso.
Además, deberá emitir un informe que comprenda la evaluación social, económica, ambiental y jurídica del Plan Nacional de Riego.
La Comisión Sectorial estará conformada por el ministro de Agricultura o su representante, quien la presidirá, y el viceministro de Agricultura o su delegado.
Asimismo, por el director de la Dirección General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o su representante, el director de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica o su representante.
También se sumarán, el director de la Dirección General de Competitividad Agraria o su representante, el jefe de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) o su representante, y el director ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones o su representante.
El director ejecutivo del Programa de desarrollo Productivo Agrario Rural (Agro Rural) o su representante, un representante de la Convención Nacional del Agro Peruano (Conveagro) y un representante de la Junta Nacional de Usuarios de Riego del Perú (Jnudrp), igualmente formarán parte.
La Comisión Sectorial se instalará en un plazo no menor de cinco días posteriores a la publicación de la presente resolución y tendrá una vigencia de 90 días hábiles contados a partir de su instalación.
(FIN) JJN /AND