Lamentó que pese a existir sólo rezagos del terrorismo aliados al narcotráfico en el Valle del Río Apurímac y Ene (VRAE), aún persista esa práctica delincuencial del secuestro, sobre todo de infantes que son arrancados de sus hogares y viven en condiciones deplorables de salubridad.
“No puede ser posible que en pleno siglo XXI se coarte la libertad de esa manera y se genere una lesión grande en la condición humana de estos niños. (…) Definitivamente, esto es un delito de lesa humanidad”, aseveró.
Recordó que en su informe final sobre la violencia desatada por el terrorismo en el país, la CVR documentó la existencia de la llamada “escuela de pioneros”, donde menores secuestrados eran instruidos en prácticas delincuenciales.
“En esto debemos actuar de manera conjunta y rechazar como país el uso que hace el terrorismo de estos niños inocentes”, añadió.
Como investigador del fenómeno sedicioso alertó que la convivencia prolongada con los terroristas hace que estos menores desarrollen vínculos afectivos con sus captores, porque son las únicas personas que ven durante años.
Por ello dijo que el Estado, al margen de recuperarlos físicamente, tal como lo ha anunciado el Presidente de la República, Ollanta Humala, debe desplegar el mayor de los esfuerzos para recuperarlos “socialmente” con una educación de primera.
Lerner Febres sostuvo que el rapto y la utilización de menores de edad es un delito condenado en todo el mundo, porque se trata de “un abuso injustificado” sobre seres humanos que ni siquiera terminan de desarrollar sus habilidades.
“A eso se suma la violación sexual a fin de procrear nuevos cuadros para esa ideología violentista que tanto daño ha causado al país. Esa es una denigración total del ser humano, por se tratado como un mero objeto de procreación y como una herramienta del terrorismo”, dijo.
En ese sentido compartió la posición de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos al calificar este hecho de un delito de lesa humanidad, el cual merece la sanción más drástica que contemple el marco legal.
(FIN) JCP/GCO
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