A través un proyecto de ley, presentado al Congreso de la República, el bloque legislativo consideró que es necesario prohibir de manera expresa y sancionar en forma drástica la utilización de menores para actividades delictivas.
“El que capte, reclute, traslade, transporte o adiestre a uno menor de 18 años, con o sin su consentimiento, con el fin de utilizarlo en actividades de grupos dedicados al terrorismo, narcotráfico y crimen organizado, será condenado a cadena perpetua”, precisó el texto.
También propuso la improcedencia de la conmutación de pena y del derecho de gracia a los sentenciados por ese delito.
Indicó que los beneficios penitenciarios de redención de la pena por trabajo y educación, semilibertad y liberación condicional no deben ser aplicables a los sentenciados por cometer los mencionados actos delictivos.
De igual forma, refirió que en el caso de padres o madres que involucren a sus hijos en los mencionados actos delictivos, se extingue la patria potestad.
La bancada consideró importante que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables dirija los programas de prevención, protección y recuperación a los menores captados por el crimen organizado.
Sostuvo que esas acciones deben realizarse en coordinación con los otros sectores del Estado y gobiernos regionales y locales.
(FIN) SMA/JCP