La Ocma señala que al haber tomarconocimiento respecto de múltiplescuestionamientos y reparos, con relacióna Jueces que no han sido ratificados y continúan laborando en el PoderJudicial, ha manifestado su reclamo al considerar que los Jueces destituidos nodeben continuar ejerciendo su cargo.
En este sentido, la OCMA, ha solicitadoante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) la evaluación del artículo 44del Reglamento del Proceso de Evaluación Integral y Ratificación de Jueces y Fiscalesdel Ministerio Publico.
Este dispone que la interposición delrecurso extraordinario (apelación) suspende la ejecución de la resolución de noratificación, con esta propuesta el órgano de control busca que se elimine talefecto del recurso.
Cabe señalar, que la no ratificación de unmagistrado, deslegitima de manera inmediata sus resoluciones y sentencias; asimismo,su permanencia en el Poder Judicial atenta contra la imagen y credibilidad denuestra institución.
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